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Seguros en caso de afectación por sismo

MundoDeHoy.com .- Después de los acontecimientos ocurridos el 19 de septiembre en nuestro país, probablemente muchas personas tengan dudas sobre cómo proceder ante un siniestro.

A continuación se enlistan algunos puntos que se deben de tomar en cuenta, dependiendo de cada caso:

– Autos (autos, camiones, motos y vehículos a motor):

Los autos sujetos a financiamiento, crédito o leasing normalmente cuentan con un seguro que cubre daños materiales, robo, gastos médicos para los ocupantes y responsabilidad civil.

Lo mismo opera para póliza individuales o de flotilla aunque el cliente pudo escoger entre una cobertura amplia (con daños) o limitada.

– Casa Habitación (Casa o departamento):

La mayor parte lo conforman bienes sujetos a créditos hipotecarios. Si es casa propia y cuenta con una póliza, asegúrese de tener un expediente completo de la propiedad y los bienes que tengas dentro de ella (Tv’s, muebles, etc.).

Si es rentada, su seguro cubre sus bienes dentro de la casa que fueron afectados.

Si cuenta con un crédito hipotecario, su casa/depto. debe estar asegurado. En algunos casos por el valor total del inmueble y en otros por el saldo insoluto del crédito. Verifique qué política aplica su institución financiera.

También cuenta con un seguro de vida que en caso de fallecimiento cubrirá el saldo insoluto del crédito.

– Gastos Médicos Mayores (Individual o Prestación):

En caso de haber sufrido alguna lesión durante el sismo, la cobertura de gastos médicos mayores aplica. En caso de hospitalización mayor a 24 horas se puede acceder a pago directo de la aseguradora. Si la hospitalización o atención es ambulatoria, se deberá tramitar el reembolso con la aseguradora.

Algunos planes reducen o eliminan el deducible y el coaseguro en caso de accidente, esto varía dependiendo del tipo de plan contratado.

– Accidentes personales:

Muchos instrumentos financieros como las tarjetas de crédito ofrecen coberturas de accidentes personales y asistencias. Estos son coberturas más pequeñas pero que también pueden operar en estos casos.

Los planes varían dependiendo de la institución y tipo de tarjeta. Consulte en su contrato o su estado de cuenta el tipo de cobertura con la que cuenta.

En caso de fallecimiento, se cuenta con una protección para cubrir el saldo del instrumento financiero.

– Vida (Individual o prestación):

Hay muchas modalidades de seguro de vida, temporal, dotal, etc. Cada plan tiene sus características especiales pero las coberturas más comunes son fallecimiento, doble indemnización por muerte accidental, incapacidad total y permanente; extensión de pago de primas por incapacidad total y permanente y muerte colectiva.

Desafortunadamente, nunca estamos preparados para infortunios o catástrofes. El día a día de INTERprotección es la recuperación de siniestros con aseguradoras; es por eso que ha puesto su experiencia a disposición de quien la necesite para esta contingencia, sea o no su cliente.

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