Funcionarios de este organismo no siguieron proceso legal a niño migrante guatemalteco que fue deportado de EU.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió su Recomendación 28/2008, dirigida a la Comisionada del Instituto Nacional de Migración, Cecilia Romero Castillo, por el caso de un migrante menor de edad de nacionalidad guatemalteca, que había sido repatriado a nuestro país procedente de Estados Unidos, donde dijo que era mexicano, y fue devuelto a ese país por servidores públicos del INM en Nogales, Sonora, sin seguir el procedimiento legal.
El ombudsman nacional inició queja de oficio con motivo de las visitas de inspección practicadas a esa estación migratoria, en las que se observó que el 13 de abril de 2007 personal del Consulado General de México en Nogales, Arizona, Estados Unidos, entregó a personal del INM a un menor de edad, quien dijo ser mexicano y llamarse Eduberto Verdugo Gómez, de 16 años, con el fin de integrarlo al Programa de Repatriación.
Los servidores públicos lo trasladaron al Módulo de Atención para Menores Repatriados del DIF, en Nogales, Sonora, donde horas más tarde, la coordinadora del módulo devolvió al menor agraviado a las autoridades migratorias, al establecer que su nombre real es Eduberto López Pérez y que es de nacionalidad guatemalteca, indicó la CNDH.
En razón de ello, el jefe del Departamento de Regulación Migratoria de la delegación local del INM, en esa misma fecha instruyó a Aranda María García Acosta, agente federal de Migración, el rechazo del menor. No obstante ella dijo desconocer el procedimiento, entregó al menor a la autoridad estadounidense sin llenar formato alguno en que conste la identidad del funcionario que lo recibió, ni la hora y el día en que se efectuó la entrega.
En el informe que García Acosta rindió el 30 de mayo de 2007 al encargado del despacho en la delegación local del INM, en Nogales, Sonora, explica que durante el turno del 13 de abril de 2007, entre las 18:00 y las 19:00 horas, le preguntó al jefe de Regulación de Estancia Migratoria en esa oficina qué hacer respecto del caso del menor, a lo que su superior jerárquico le respondió que “%u2026había que regresarlo a las autoridades estadounidenses”.
La mujer cuestionó si debía realizar alguna actuación o llenar algún documento, ya que desconocía el procedimiento a seguir, a lo que el jefe contestó negativamente. Dijo “que él siempre iba y regresaba así a los centroamericanos, por el área peatonal”. La servidora pública nunca precisó el nombre de la autoridad que recibió al menor agraviado.
Esta Comisión Nacional confirmó que el menor fue rechazado con base en el Procedimiento para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos, sin embargo, dichos servidores públicos actuaron sin llenar formato alguno, en el que se tuviera la certeza de cuándo y a quién se entregó al joven. El procedimiento se llevó a discrecionalidad de los funcionarios del INM, sin observar el elevado grado de vulnerabilidad, por tratarse de un migrante menor de edad.
Por ello, la CNDH en su Recomendación 28/2008 solicita a la Comisionada del Instituto Nacional de Migración se investigue a los servidores públicos del INM en Nogales, Sonora, involucrados en el caso, a fin de que no se repitan estas violaciones a derechos humanos.
Además, se solicita establecer el procedimiento que deberán seguir los servidores públicos del INM desde el momento de la recepción por alguna autoridad extranjera, de menores que viajan solos, para garantizar que su rechazo sea de manera fundada, motivada y dé certeza jurídica, observando en todo momento el respeto a sus garantías fundamentales.
Finalmente se pide dar vista al Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública en el INM, para que realice una auditoría de gestión en las oficinas de la delegación local del Instituto, en Nogales, Sonora, para verificar los controles y registros de los migrantes indocumentados que son puestos a su disposición y que posteriormente son rechazados.
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